Presentación de la Sección

La sección territorial de la RSEQ en las Islas Baleares tiene como principal objetivo servir a los Socios de una manera cercana, la captación de nuevos socios y organizar actividades. Las actividades que promueve se centran principalmente en la organización de mini-simposiums o ciclos de conferencias, en donde se prima sobre todo el talento y la calidad científica y humana de los conferenciantes, en donde estamos comprometidos con la igualdad de oportunidades. Asimismo damos soporte a la organización de las olimpiadas de Química.

Junta de Gobierno

  • Presidente: Dr. Antonio Frontera Beccaría, Universidad de las Islas Baleares

  • SecretarioDr. Bartolomé Soberats Reus, Universidad de las Islas Baleares

  • Tesorero: Dr. Antonio Bauzá Riera, Universidad de las Islas Baleares

Normativa

La STISB se rige por los estatutos de la RSEQ. No obstante, cuenta con una normativa propia de la sección territorial:

La Sección Territorial de las Islas Baleares de la Real Sociedad Española de Química (RSEQ-IB) fue constituida en Mayo de 2012 de acuerdo con los estatutos de la Real Sociedad Española de Química (RSEQ) que en su artículo 21 establece:

“Se podrán constituir Secciones Territoriales de la RSEQ, como se especifica en el artículo 5. Estas secciones tendrán una Junta de Gobierno formada por, al menos, un Presidente, un Secretario y un Tesorero. Su misión será la de promover los fines y objetivos de la RSEQ, organizando conferencias, reuniones científicas y otras actividades.”

Los estatutos de la Sección Territorial de la Real Sociedad Española de Química en las Islas Baleares (RSEQ-IB), que constituyen el Reglamento por el que se gobierna son:

  1. El objetivo fundamental de la RSEQ-IB es colaborar con la RSEQ en los fines que esta persigue de promover, desarrollar y divulgar la disciplina de la Química, tanto en su aspecto de ciencia pura como en el de sus aplicaciones, en todo el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
  2. La RSEQ-IB, que carece de domicilio social propio, utilizará como tal el de la Facultad de Ciencias de la Universidad de las Islas Baleares (UIB), sito en el edifico Mateu Orfila de la UIB, Carretera de Valldemossa km. 7,5, 07122 Palma de Mallorca, siempre con la autorización de su decano, responsable del mismo.
  3. Los socios de la RSEQ-IB son todos aquellos socios de la RSEQ que ejercen su profesión, o están empadronados, en la Comunidad de las Islas Baleares. Todo socio individual posee derecho a voto y puede ostentar cualquier cargo directivo de la RSEQ-IB si fuese elegido para ello.
  4. El órgano de gobierno de la RSEQ-IB es la Junta de Gobierno elegida para tal fin.
  5. La Junta de Gobierno de la RSEQ-IB estará constituida por:
    1. Presidente/a
    2. Secretario/a
    3. Tesorero/a
  6. Los miembros de la Junta de Gobierno ejercerán su función por un periodo de tres años, contados desde la fecha de su elección por la Junta General. Cada uno de los miembros de la Junta de Gobierno podrá ser reelegido una vez para el mismo cargo. Los nombramientos de los miembros de la Junta de Gobierno de la RSEQ-IB habrán de ser comunicados a la RSEQ en las próximas 72 horas tras su elección.
  7. Los miembros de la Junta de Gobierno serán elegidos por votación según el siguiente procedimiento:
    • Son elegibles todos los socios individuales
    • Se entiende que una candidatura es una propuesta conjunta y única que contiene una lista de tres socios que, de común acuerdo, se proponen para componer una Junta de Gobierno actuando como Presidente, Secretario y Tesorero de la RSEQ-IB
    • Una vez abierta la convocatoria de elecciones, las candidaturas habrán de ser presentadas al Secretario/a de la Junta de Gobierno en activo, no menos de quince días antes de la fecha anunciada para la votación.
    • La Junta de Gobierno en activo proclamará las candidaturas legítimamente presentadas, lo que comunicará a todos los socios con, al menos, una semana de antelación a la fecha de votación.
    • Cada socio podrá ejercer su derecho a voto de forma previa a la fecha de votación presencial por correo o mediante correo electrónico dirigido al Secretario/a de la Junta de Gobierno de la RSEQ-IB en activo. En caso de votación por correo, este habrá de ser remitido al secretario/a de la Junta de Gobierno en sobre cerrado conteniendo una única papeleta de votación que, para ser válida, habrá de indicar la candidatura de su elección. Dicho sobre cerrado no puede llevar indicación alguna en su exterior, y habrá de ser introducido en otro sobre mayor que sí habrá de identificar con claridad (nombre y firma) al socio que emite el voto.
    • En la fecha designada para la votación, en la Junta General presidida por los miembros de la Junta de Gobierno, el Presidente dará la palabra al Secretario/a para comunicar el número de votos emitidos por correo o correo electrónico. A continuación se procederá a votar las candidaturas presentadas mediante la entrega individual de una papeleta de voto por parte de cada socio con derecho a ello.
    • El recuento y escrutinio será público. La candidatura ganadora será aquella que obtenga mayor número de votos. En caso de empate deberá repetirse la votación.
    • El resultado final será comunicado a la RSEQ.
    • La nueva Junta de Gobierno toma posesión inmediatamente después de que la RSEQ acepta el resultado de las elecciones.
  8. Corresponde al Presidente representar a la RSEQ-IB.
  9. Corresponde al Secretario levantar actas de las reuniones de la Junta de Gobierno, así como cumplimentar los acuerdos de la Junta de Gobierno.
  10. Corresponde al Tesorero la recaudación y custodia de los fondos de la RSEQ-IB. Estos fondos se hallan en una cuenta corriente mancomunada, con firma del Presidente y Tesorero.  Los pagos acordados por la Junta de Gobierno que hubiera que realizar se realizarán conforme a las normas requeridas por una cuenta mancomunada. El Tesorero presentará el balance económico anual a la Junta.
  11. La Junta de Gobierno de la RSEQ-IB se reunirá con una periodicidad mínima de 12 meses, o siempre que el Presidente o cuatro miembros de la misma lo soliciten a aquel por escrito.
  12. Los recursos económicos de la RSEQ-IB procederán de las asignaciones otorgadas por la RSEQ y las subvenciones oficiales y privadas que para su sostenimiento le sean otorgadas.